Autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social, familiar, laboral, para la formación, etc.)

Si te encuentras en España por un periodo prolongado, tienes una oferta para trabajar en España y quieres regularizar su situación en el país ¡Explícanos tu caso!

En IMMIGRATION SERVICES SPAIN hemos ayudado a otros que cómo tu han querido hacer raíces en España sin tener que preocuparse de su situación legal en nuestro país. Nosotros te ayudamos a obtener tu AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO.

Arraigo Laboral

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede ser otorgada a ciudadanos extranjeros que se encuentren en situación irregular en España y hayan mantenido relaciones laborales durante al menos seis meses.

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Arraigo Social

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede ser otorgada a ciudadanos extranjeros que hayan residido en España durante un mínimo de tres años, cuenten con contrato(s) de trabajo, y tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.

Arraigo para la formación

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede ser otorgada a ciudadanos extranjeros que hayan permanecido de forma continua en España durante dos años. Esta autorización permite la obtención de un permiso para realizar formación, estando sujeta la autorización de residencia y trabajo a la superación de la formación y la presentación de un contrato laboral.

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Arraigo Familiar

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede ser concedida en los siguientes casos:

Cuando se refiera a padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española, o a alguien que brinda apoyo a una persona española con discapacidad.

Cuando se refiera al cónyuge o pareja de hecho reconocida de un ciudadano español, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de un ciudadano español, o de su cónyuge o pareja de hecho.

Cuando se refiera a hijos de padres que originalmente fueron españoles.

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